Detalle de obligacion de derechos humanos

Observación General No. 17 El derecho de toda persona a beneficiarse de la producción de los intereses morales y materiales que le correspondan por razón de las producciones científicas, literarias o artísticas de que sea autor(a).

Derechos del buen vivir / Derecho a la comunicación / Derechos de autor
Impedir el uso no autorizado de producciones científicas, literarias o artísticas fácilmente accesibles o reproducibles con las tecnologías modernas de comunicación o reproducción.
No. Párr. 31 Vigente Desde: 25/11/2005
Institución responsable

Función del Estado Otra