Detalle de obligacion de derechos humanos

Convenio de la OIT sobre la protección de la Maternidad

Derechos de las personas y grupos de atención prioritaria / Derechos de las mujeres embarazadas / Trabajo
En caso de enfermedad que, de acuerdo con un certificado médico, sea consecuencia del embarazo, la legislación nacional deberá prever un descanso prenatal suplementario cuya duración máxima podrá ser fijada por la autoridad competente.
No. Artículo 3 (5) Vigente Desde: 05/02/1962
Institución responsable

Función del Estado Función Ejecutiva