Detalle de obligacion de derechos humanos
Observación General No. 14 El derecho al disfrute del más alto nivel posible de salud
Cooperar en la prestación de ayuda en materia de salud en casos de desastre y de asistencia humanitaria en situaciones de emergencia, incluida la prestación asistencia a los refugiados y los desplazados dentro del país, hasta el máximo de su capacidad.
No. | Párr. 40 | Vigente Desde: | 11/08/2000 |
Institución responsable
Función del Estado | Función Ejecutiva |