Derechos de las comunidades, pueblos y nacionalidades
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Derecho de los pueblos indígenas no contactados
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Medidas cautelares CIDH
Cumplir las medidas cautelares de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (2006) otorgadas con respecto a los pueblos libres en aislamiento voluntario.
Fortalecer y adecuar las estrategias para la protección de la vida y el sustento de los pueblos en aislamiento voluntario.
Tomar en cuenta la dinámica itinerante en la forma de vida de los pueblos en aislamiento voluntario y considerar la ampliación de la zona intangible previa a estudios de viabilidad que incluyan criterios de impacto ambiental y cultural.
Suspender las actividades extractivas que creen vulnerabilidad para la vida o sustento de los pueblos libres en aislamiento voluntario.