Detalle de obligacion de derechos humanos

Observación General No. 1 Sobre los trabajadores domésticos migratorios

Derechos de las personas y grupos de atención prioritaria / Derechos de las personas en movilidad Humana / Igualdad formal y material y no discriminación
Asegurar que la embajada o el consulado del Ecuador se ponga en contacto con el trabajador doméstico migratorio o con si familiar que haya sido detenido, para concertar la visita de los funcionarios consulares competentes en consulta con el Estado de empleo.
No. Párr. 64 Vigente Desde: 23/02/2011
Institución responsable

Función del Estado Función Ejecutiva