Detalle de obligacion de derechos humanos
Constitución de la República del Ecuador
El goce de los derechos políticos se suspenderá, además de los casos que determine la ley, por las razones siguientes:
1. Interdicción judicial, mientras ésta subsista, salvo en caso de insolvencia o quiebra que no haya sido declarada fraudulenta.
2. Sentencia ejecutoriada que condene a pena privativa de libertad, mientras ésta subsista.
No. | Artículo 64 | Vigente Desde: | 20/10/2008 |
Institución responsable
Función del Estado | Función Electoral |