Detalle de obligacion de derechos humanos

Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas

Derechos de las personas y grupos de atención prioritaria / Derechos de las personas privadas de la libertad / Información
Garantizar a toda persona con interés legítimo, por ejemplo los allegados de la persona privada de libertad, su representante o abogado, el acceso como mínimo a las informaciones siguientes: a) autoridad que decidió la privación de libertad; b) fecha, hora y lugar de la privación de libertad y admisión en el lugar de privación de libertad; c) autoridad que controla la privación de la libertad; d) lugar donde se encuentra la persona privada de libertad; e) fecha, hora y lugar de la liberación; f) estado de salud de la persona privada de libertad; y g) en caso de fallecimiento durante la privación de la libertad, las circunstancias y causas de la muerte y el destino de los restos. Garantizar a toda persona con interés legítimo, por ejemplo los allegados de la persona privada de libertad, su representante o abogado, el acceso como mínimo a las informaciones siguientes: a) autoridad que decidió la privación de libertad; b) fecha, hora y lugar de la privación de libertad y admisión en el lugar de privación de libertad; c) autoridad que controla la privación de la libertad; d) lugar donde se encuentra la persona privada de libertad; e) fecha, hora y lugar de la liberación; f) estado de salud de la persona privada de libertad; y g) en caso de fallecimiento durante la privación de la libertad, las circunstancias y causas de la muerte y el destino de los restos. Garantizar la protección de los allegados de la persona privada de libertad, y de su representante o abogado, así como de quienes participen en la investigación, contra cualquier maltrato, intimidación o sanción en razón de la búsqueda de informaciones sobre una persona privada de libertad.
No. Artículo 18 Vigente Desde: 23/12/2010
Institución responsable

Función del Estado Otra