Detalle de obligacion de derechos humanos

Caso Gelman vs. Uruguay

Derechos de libertad / Derecho a la identidad personal y colectiva / Derecho al nombre
Garantizar que la persona sea registrada con el nombre elegido por ella o por sus padres, según sea el momento del registro, sin ningún tipo de restricción ni interferencia en la decisión de escoger el nombre y, una vez registrada la persona, que sea posible preservar y restablecer su nombre y su apellido.
No. Párr. 127 Vigente Desde: 24/02/2011
Institución responsable

Función del Estado Función Ejecutiva