Detalle de obligacion de derechos humanos

Convención Internacional para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas

Derechos de libertad / Derecho a la integridad personal / Desaparición forzada
Si la persona que se supone que ha cometido un delito de desaparición forzada, no es extraditada ni entregada a otro Estado conforme a las obligaciones internacionales, se someterá el caso a las autoridades competentes para el ejercicio de la acción penal. Tomar las decisiones en las mismas condiciones que las aplicables a cualquier delito común de carácter grave, de acuerdo con la legislación interna.
No. Artículo 11 Vigente Desde: 23/12/2010
Institución responsable

Función del Estado Función Judicial y de Justicia Indígena