Detalle de obligacion de derechos humanos

Observaciones finales Comité sobre los derechos de las personas con discapacidad - Ecuador

Derechos de las personas y grupos de atención prioritaria / Derechos de las personas con discapacidad / Atención prioritaria
El Comité recuerda al Estado parte que el mecanismo de monitoreo interno debe cumplir con el requisito de independencia y con funciones específicas de promoción, protección y supervisión de la aplicación de la Convención. En este marco, el Comité urge al Estado parte que adopte las medidas legales necesarias para establecer claramente el mecanismo independiente de la Convención en línea con los Principios de París, fortalezca sus capacidades con el presupuesto y los recursos adecuados para garantizar efectivamente su mandato y asegure la plena participación de las personas con discapacidad y las organizaciones que las representan en el proceso de supervisión.
No. Párr. 55 Vigente Desde: 03/10/2014
Institución responsable

Función del Estado Función Ejecutiva