Detalle de obligacion de derechos humanos
Observación General No. 34 Libertad de opinión y libertad de expresión
No imponer regímenes de licencia y derechos onerosos a los medios de la radiodifusión y la televisión, incluidas las emisoras comunitarias y comerciales.
Establecer un órgano independiente y público encargado de las licencias de emisión de radio y televisión, facultado para examinar las solicitudes y otorgar las licencias.
No. | Párr. 39 | Vigente Desde: | 12/09/2011 |
Institución responsable
Función del Estado | Función Ejecutiva |