Detalle de obligacion de derechos humanos

Examen Periódico Universal - Ecuador

Derechos de libertad / Derecho a la vida digna / Castigos corporales
Adoptar medidas para prohibir los castigos corporales de los niños en cualquier circunstancia (Eslovenia); proseguir sus políticas para luchar contra el trabajo infantil y los malos tratos de los niños en todas sus formas (Djibouti); adoptar medidas legislativas adecuadas para prohibir la violencia contra los niños, incluidos los castigos corporales (Francia); aprobar y aplicar legislación por la que se prohíban los castigos corporales de los niños en cualquier circunstancia, en particular en la familia, las escuelas y todos los lugares de privación de libertad (Liechtenstein)
No. Párr. 135. 22 Vigente Desde: 05/07/2012
Institución responsable

Función del Estado Función Ejecutiva