Detalle de obligacion de derechos humanos

Observación General No. 16 Derecho a la intimidad

Derechos de libertad / Derecho a la intimidad / Intervención conversaciones
Prohibir la intervención y grabación de conversaciones. Garantizar que los registros personales y corporales se lleven a cabo de manera compatible con la dignidad de la persona registrada. Especificar en la legilación las circunstancias precisas en que podrán autorizarse las injerencias.
No. Párr. 8 Vigente Desde: 08/04/1988
Institución responsable

Función del Estado Función Judicial y de Justicia Indígena