Detalle de obligacion de derechos humanos

Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad

Derechos de libertad / Derecho a la igualdad formal y material y no discriminación / Personas con discapacidad
Reconocer que todas las personas son iguales ante la ley y en virtud de ella y que tienen derecho a igual protección legal y a beneficiarse de la ley en igual medida sin discriminación alguna. Prohibir toda discriminación por motivos de discapacidad y garantizar a todas las personas con discapacidad protección legal igual y efectiva contra la discriminación por cualquier motivo. Adoptar todas las medidas pertinentes para asegurar la realización de ajustes razonables a fin de promover la igualdad y y eliminar la discriminación.
No. Artículo 5 Vigente Desde: 03/05/2008
Institución responsable

Función del Estado Función Ejecutiva