Detalle de obligacion de derechos humanos

Informe del Grupo de Trabajo de Expertos sobre las personas de ascendencia africana sobre su cuarto período de sesiones

Derechos de las comunidades, pueblos y nacionalidades / Derechos de los pueblos afroecuatorianos / No discriminación
Dar prioridad a la mejora y la financiación de los sistemas de recogida de datos desglosados de forma fidedigna para medir las desigualdades entre grupos sociales específicos, como los grupos raciales, con el fin de identificar y aplicar medidas correctivas adecuadas para luchar contra el racismo y la discriminación racial que experimentan las personas de ascendencia africana. Velar porque los datos estadísticos desglosados y fidedignos se divulguen ampliamente entre el público y porque la aplicación y evaluación de las políticas y los programas basados en este análisis de datos incluyan la celebración de consultas y la participación del público, incluidas las organizaciones de la sociedad civil. Velar porque las leyes contra la discriminación se apliquen de una manera global y práctica para eliminar las condiciones que originan la discriminación institucional e indirecta que afecta a las personas de ascendencia africana en las esferas pública y privada. Utilizar metodologías de evaluación de las repercusiones raciales al valorar los resultados de las leyes contra la discriminación. Adoptar medidas positivas específicas destinadas a solventar la representación insuficiente de las personas de ascendencia africana y garantizar una redistribución equitativa de los recursos y el poder entre éstos y el grupo dominante. Establecer programas de medidas de acción positiva que garanticen a las personas de ascendencia africana la igualdad de oportunidades y la participación en la política, la administración de justicia, la economía, la educación, el empleo, los servicios sanitarios y el resto de servicios, ya sean públicos o privados. Diseñar e incorporar medidas positivas en sus planes de acción nacionales relativos a los derechos humanos con el fin de combatir y remediar el problema de la discriminación. Velar porque las medidas positivas destinadas a acelerar el logro de la igualdad real de las personas de ascendencia africana en el empleo y el mercado laboral también se ocupen de la situación de los grupos vulnerables de personas de ascendencia africana que son víctimas de formas múltiples de discriminación. Garantizar que los datos estadísticos sobre el mercado laboral nacional se desglosan, entre otras cosas, según la raza, el color, el origen étnico, el nivel de educación y el sexo. Los datos sobre los ingresos y la segregación laboral son indicadores importantes para detectar la discriminación y las desigualdades raciales en los mercados laborales nacionales. Aprobar y aplicar leyes nacionales contra la discriminación, que obliguen a las instituciones estatales a organizarse para proteger el derecho de las personas de ascendencia africana a no ser discriminadas en función de la raza por particulares, y para facilitar la capacidad de las víctimas para procurarse una reparación efectiva. Velar porque la elaboración y la aplicación de medidas positivas destinadas a acelerar el logro de la igualdad sustantiva de las personas de ascendencia africana se vean también acompañadas de mecanismos sólidos de seguimiento y evaluación en el plano nacional para analizar la repercusión interracial de este tipo de medidas positivas. Esto garantizará su aplicación efectiva y servirá para corregir eficazmente las desigualdades que sufren las personas de ascendencia africana. Combinar las medidas positivas con campañas de sensibilización constantes en los planos mundial y nacional para disponer de un enfoque más sistemático y coherente al eliminar las barreras que permiten la discriminación en el empleo de las personas de ascendencia africana. Elaborar iniciativas destinadas a luchar contra la discriminación y a facilitar la igualdad de oportunidades, tanto en la contratación como en el lugar de trabajo, proporcionando y facilitando el acceso a la formación, la igualdad salarial y la seguridad en el trabajo, y fomentando la incorporación de las personas de ascendencia africana en los puestos y altos cargos de gestión, así como en los sectores y profesiones en los que están insuficientemente representados. Eliminar las barreras que impiden que las personas de ascendencia africana con documentos de identidad extranjeros accedan a profesiones y puestos en los ámbitos que les corresponden por su experiencia y formación. Establecer mecanismos nacionales, como oficinas del defensor del pueblo si procede, para que reciban, tramiten y hagan un seguimiento de las denuncias de las víctimas de discriminación en la contratación y el empleo que afectan a las personas de ascendencia africana. Apoyar la recogida de datos exhaustivos y desglosados sobre cuestiones raciales en relación con el acceso a tratamiento médico y las desigualdades en estos tratamientos, lo que conlleva a) la recopilación sistemática y rutinaria de datos relativos a la raza, el sexo y la clase socioeconómica en lo que respecta al estado salud y la atención sanitaria; b) la recogida de datos sobre el acceso a los servicios de atención sanitaria y su calidad (en particular, la entrega de servicios, el diagnóstico y el tratamiento, la disponibilidad de instalaciones, y de proveedores de servicios, y otras actividades y servicios sanitarios conexos); y c) la puesta de todos los datos a disposición del público. Crear mecanismos y procesos con los que evaluar sistemáticamente los datos socioeconómicos y de salud, a fin de detectar las disparidades basadas en la discriminación racial con miras a mejorar el cumplimiento de los criterios mínimos internacionales en materia de derechos humanos. Apoyar los proyectos y las investigaciones dirigidas a comprender las relaciones causales que explican los efectos del racismo sobre la salud y así poder remediarlas elaborando leyes y políticas sociales a la medida. Garantizar que las personas de ascendencia africana tengan acceso a una atención sanitaria de calidad, inclusive a programas preventivos, revisiones médicas, diagnóstico, tratamiento, servicios de seguimiento y cuidados especiales. Velar porque los ensayos clínicos que forman parte de la investigación sobre cuidados sanitarios y los avances en la atención sanitaria, incluidos los relativos a la bioquímica, tengan debidamente en cuenta las necesidades sanitarias de las personas de ascendencia africana y se traduzcan en prácticas clínicas efectivas. Garantizar que la atención sanitaria ofrecida a las personas de ascendencia africana respeta sus antecedentes culturales y sus necesidades lingüísticas. Adoptar medidas positivas para aumentar la educación y la formación de las personas de ascendencia africana como profesionales de la salud. Adoptar medidas para solucionar los problemas de atención sanitaria de las mujeres y las niñas de ascendencia africana. Adoptar y aplicar medidas de prevención y compensatorias para hacer frente a los desalojos forzosos de las personas de ascendencia africana. Conservar datos estadísticos fiables y desglosados para hacer un seguimiento de las condiciones de vida de las personas de ascendencia africana e impedir la discriminación en la vivienda y los servicios que lleva a la segregación, a la denegación de acceso a instalaciones y servicios públicos, a desalojos forzosos, a la existencia de personas sin hogar, a la pérdida de tierras y bienes, y a la exclusión de la participación real en la toma de decisiones relativas al derecho a la vivienda. Adoptar medidas legislativas para garantizar la aplicación nacional del derecho humano a una vivienda adecuada, para hacer frente a las violaciones de derechos y subvenir a las necesidades de las víctimas de ascendencia africana, lo que incluye indemnizaciones adecuadas, medidas de restitución y otros tipos de reparación. Mejorar las condiciones de vivienda y de vida de las personas de ascendencia africana, lo que incluye subvenciones adecuadas para la adquisición y el alquiler de viviendas, la reglamentación de los mercados inmobiliarios para cubrir la necesidad de vivienda asequible, la protección contra prácticas de alquiler injustas, el desarrollo de soluciones de tenencia alternativas y otras medidas adecuadas. Asegurar que las políticas y estrategias para el desarrollo de la vivienda sean parte intrínseca de las iniciativas en materia de erradicación de la pobreza. Reforzar las autoridades locales e involucrar a todos los actores en la elaboración, supervisión, evaluación y aplicación de las políticas de vivienda mediante planteamientos basados en la consulta y la participación. Promover, defender y realizar el derecho a la igualdad y a la no discriminación respecto al derecho a una vivienda adecuada. Solucionar las condiciones de vivienda de las personas de ascendencia africana, en particular, las de las mujeres solteras.
No. Párr. 96 Vigente Desde: 20/01/2005
Institución responsable

Función del Estado Función Ejecutiva