Detalle de obligacion de derechos humanos
Observación General No. 14 El derecho del niño a que su interés superior sea una consideración primordial
En caso de separación, el Estado debe garantizar que la situación del niño y su familia haya sido evaluada, cuando sea posible, por un equipo multidisciplinario de profesionales perfectamente capacitados, con la colaboración judicial apropiada, de conformidad con el artículo 9 de la Convención, a fin de asegurarse de que es la única opción que puede satisfacer el interés superior del niño.
No. | Párr. 64 | Vigente Desde: | 29/05/2013 |
Institución responsable
Función del Estado | Función Ejecutiva |