Detalle de obligacion de derechos humanos

Observación General No. 16 Las obligaciones del Estado en relación con el impacto del sector empresarial en los derechos del niño

Derechos de las personas y grupos de atención prioritaria / Derechos de las personas usuarias y consumidoras / Niñas, niños y adolescentes
Los niños pueden considerar que el contenido de los anuncios publicitarios transmitidos por los medios de comunicación es veraz e imparcial y, por consiguiente, pueden consumir y utilizar productos que son dañinos. La publicidad y la mercadotecnia también pueden influir poderosamente en la autoestima de los niños, por ejemplo cuando representan el cuerpo humano de forma poco realista. Los Estados deben velar por que la mercadotecnia y la publicidad no afecten negativamente a los derechos del niño y adoptar normas adecuadas y alentar a las empresas a que se adhieran a los códigos de conducta, etiqueten de manera clara y precisa los productos e informen a los padres y los niños de manera que puedan tomar decisiones bien fundadas como consumidores.
No. Párr. 59 Vigente Desde: 17/04/2013
Institución responsable

Función del Estado Función Ejecutiva