Detalle de obligacion de derechos humanos

Observación General No. 20 La no discriminación y los derechos económicos, sociales y culturales

Derechos del buen vivir / Derecho a la alimentación / Revisión de legislación
Adoptar legislación que prohíba expresamente la discriminación en la esfera de los derechos económicos, sociales y culturales, en particular el derecho al agua. Dicha legislación debe: a) tener el fin de eliminar la discriminación formal y sustantiva, b) atribuir obligaciones a los actores públicos y privados y abarcar los motivos prohibidos de discriminación analizados en los párrafos anteriores. c) revisarse periódicamente, y modificarse en caso necesario, las demás leyes, para asegurarse de que no discriminen, ni formal ni sustantivamente, en relación con el ejercicio y el goce del derecho al agua.
No. Párr. 37 Vigente Desde: 02/07/2009
Institución responsable

Función del Estado Función Legislativa