Detalle de obligacion de derechos humanos

Observación General No. 1 Sobre los trabajadores domésticos migratorios

Derechos de las personas y grupos de atención prioritaria / Derechos de las personas en movilidad Humana / Trabajo
Adoptar medidas eficaces para que los trabajadores domésticos migratorios puedan practicar libremente la religión o las creencias de su elección y ejerzan su libertad de expresión, individual o colectivamente, tanto en público como en privado.
No. Párr. 48 Vigente Desde: 23/02/2011
Institución responsable

Función del Estado Función Ejecutiva