Detalle de obligacion de derechos humanos
Observación General No. 34 Libertad de opinión y libertad de expresión
Cuando el Estado haga valer una razón legítima para restringir la libertad de expresión, deberá demostrar en forma concreta e individualizada la naturaleza precisa de la amenaza y la necesidad y la proporcionalidad de la medida concreta que se haya adoptado, en particular estableciendo una conexión directa e inmediata entre la expresión y la amenaza.
No. | Párr. 35 | Vigente Desde: | 12/09/2011 |
Institución responsable
Función del Estado | Función Ejecutiva |