Detalle de obligacion de derechos humanos

Observación General No. 18 No discriminación

Derechos de libertad / Derecho a la igualdad formal y material y no discriminación / Diferenciación
Reconocer que no toda diferenciación de trato constituye una discriminación, si los criterios para tal diferenciación son razonables y objetivos y lo que se persigue es lograr un propósito legítimo.
No. Párr. 13 Vigente Desde: 04/10/1990
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