Detalle de obligacion de derechos humanos

Informe de la Relatora Especial sobre una vivienda adecuada - Análisis de políticas alternativas de vivienda: renta y vivienda colectiva

Derechos del buen vivir / Derecho a la vivienda / Políticas alternativas de vivienda
a) Los Estados deberían promover diversas formas de tenencia: i) Una combinación de soluciones en materia de tenencia es esencial para promover el acceso a una vivienda adecuada de los distintos sectores de la sociedad y para proteger a las personas y los hogares de las perturbaciones económicas y financieras. Deberían crearse marcos jurídicos e institucionales para garantizar la seguridad de la tenencia en todas sus formas; ii) La formulación de las políticas de vivienda debería basarse en una evaluación de las necesidades de vivienda adecuada, teniendo en cuenta las condiciones demográficas, geográficas, económicas y sociales de cada región, así como las características de los distintos grupos desfavorecidos (incluidas las familias de bajos ingresos), sus condiciones de vivienda y las formas de tenencia existentes; iii) Los Estados deberían abstenerse de centrar sus políticas de vivienda en sistemas de financiación de la vivienda que tengan efectos mayormente regresivos, como los subsidios de los tipos de interés hipotecarios o las exenciones fiscales; b) En cuanto al sector de alquileres: i) Los Estados deberían apoyar y alentar el desarrollo de un sector de alquileres tanto privado como social; ii) Los Estados deberían adoptar medidas para alentar el establecimiento y mantenimiento de un sector de alquiler privado, entre otras cosas mediante incentivos para pequeños propietarios de viviendas de alquiler (como incentivos fiscales y subvenciones basadas en la oferta que estimulen la inversión privada) y apoyo a la vivienda de alquiler sin fines de lucro y de base comunitaria; iii) Los Estados deberían elaborar mecanismos de apoyo a la vivienda para familias de bajos ingresos o familias con ingresos irregulares, entre otras cosas proporcionando subsidios de alquiler, estableciendo un sistema de prestaciones para la vivienda y garantizando fondos para sufragar los gastos derivados del impago del alquiler y el pago de los servicios para los más vulnerables, y suministrando protección a los inquilinos y legislación de control de los alquileres; iv) Los Estados deberían reconocer y apoyar el sector informal de alquileres en los asentamientos informales e incluir en sus programas de vivienda incentivos y subsidios de asistencia a los propietarios de viviendas de alquiler en pequeña escala para que amplíen y mejoren la habitabilidad del alojamiento de alquiler; v) Los Estados deberían alentar y apoyar el uso de contratos de alquiler normalizados a fin de reducir el número y la gravedad de los litigios entre los arrendadores y los arrendatarios. A tal fin, deberían ponerse gratuitamente a disposición de estos y distribuirse ampliamente formularios de contratos normalizados, que no requieran certificación ante un notario público; vi) Los programas de renovación de zonas urbanas y mejora de asentamientos informales deberían tener en cuenta los derechos de los inquilinos y deberían elaborarse con la participación plena de estos; vii) Debería alentarse a los Estados a utilizar en mayor grado las viviendas desocupadas disponibles, entre otras cosas alentando la rehabilitación de estas viviendas, aumentando los impuestos sobre las propiedades no habitadas y mejorando el acceso a préstamos de bajo costo para las personas que necesitan asistencia financiera para la recuperación de viviendas desocupadas, entre otras cosas con fines de alquiler; c) En cuanto a las formas de tenencia colectiva: i) Los Estados deberían prestar apoyo a formas de tenencia cooperativa, colectiva y comunitaria mediante la determinación e inversión de recursos adecuados, entre otras cosas, por medio del reconocimiento y la protección jurídicos de la propiedad cooperativa y colectiva de tierras y viviendas en zonas urbanas, y el apoyo a la política de vivienda y los mecanismos financieros, incluidos el acceso a créditos y subsidios estatales, desgravaciones fiscales a instituciones colectivas, y la provisión por el Estado de asistencia técnica y tierras urbanas bien ubicadas a organizaciones de vivienda colectiva; ii) Las formas de tenencia cooperativa y colectiva están indisolublemente vinculadas a una mayor participación democrática y a la gobernanza de base comunitaria. Por consiguiente, los Estados deberían apoyar las actividades de las organizaciones de la sociedad civil que desempeñan un papel fundamental en la formulación y el mantenimiento de formas de tenencia colectiva, en particular para grupos de bajos ingresos.
No. Párr. 68 Vigente Desde: 07/08/2013
Institución responsable

Función del Estado Función Ejecutiva