Detalle de obligacion de derechos humanos
Observación General No. 6 Derecho a la vida
Reconocer el derecho a la vida como un derecho supremo respecto del cual no se autoriza suspensión alguna, ni siquiera en situaciones excepcionales que pongan en peligro la vida de la nación.
No. | Párr. 1 | Vigente Desde: | 30/04/1982 |
Institución responsable
Función del Estado | Todas |