Detalle de obligacion de derechos humanos

Observación General No. 4 La salud y el desarrollo de los adolescentes en el contexto de la Convención de los Derechos del Niño

Derechos de las personas y grupos de atención prioritaria / Derechos de las personas usuarias y consumidoras / Salud
a) Proporcionar servicios de salud que estén adecuados a las especiales necesidades y derechos humanos de todos los adolescentes, garantizando su disponibilidad, es decir, la atención primaria de salud debe incluir servicios adecuados a las necesidades de los adolescentes, concediendo especial atención a la salud sexual y reproductiva y a la salud mental. b) Proporcionar servicios de salud que estén adecuados a las especiales necesidades y derechos humanos de todos los adolescentes, garantizando su accesibilidad es decir, Deben conocerse las instalaciones, bienes y servicios de salud y ser de fácil acceso (económica, física y socialmente) a todos los adolescentes sin distinción alguna. Debe garantizarse la confidencialidad cuando sea necesaria. c) Proporcionar servicios de salud que estén adecuados a las especiales necesidades y derechos humanos de todos los adolescentes, garantizando su aceptabilidad, es decir, todas las instalaciones, bienes y servicios sanitarios deben respetar los valores culturales, las diferencias entre los géneros, la ética médica y ser aceptables tanto para los adolescentes como para las comunidades en que viven. d) Proporcionar servicios de salud que estén adecuados a las especiales necesidades y derechos humanos de todos los adolescentes, garantizando su calidad, es decir, Los servicios y los bienes de salud deben ser científica y médicamente adecuados para lo cual es necesario personal capacitado para cuidar de los adolescentes, instalaciones adecuadas y métodos científicamente aceptados.
No. Párr. 41 Vigente Desde: 21/07/2003
Institución responsable

Función del Estado Función Ejecutiva