Detalle de obligacion de derechos humanos

Informe del Relator Especial sobre el derecho de toda persona al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental - Consentimiento informado

Derechos del buen vivir / Derecho a la salud / Consentimiento informado
Salvaguardar el consentimiento informado a lo largo del proceso continuo de la atención de salud es una obligación de los Estados y de los terceros que deben respetar, promover y cumplir el derecho a la salud y exige que los Estados aseguren que la información en materia de salud: a) esté plenamente disponible y sea aceptable, asequible y debuena calidad; y b) se imparta y se comprenda mediante medidas de apoyo y protección como el asesoramiento y la participación de las redes existentes en las comunidades.
No. Párr. 93 Vigente Desde: 10/08/2009
Institución responsable

Función del Estado Función Ejecutiva