Detalle de obligacion de derechos humanos

Observación General No. 34 Libertad de opinión y libertad de expresión

Derechos de libertad / Derecho a la libertad de expresión / Suspensión
Reconocer que existen elementos que no pueden ser objeto de suspensión legítima con arreglo al artículo 4 del Pacto de Derechos Civiles y Políticos. La libertad de opinión es uno de esos elementos, ya que nunca será necesario suspender la vigencia de ese derecho durante un estado de excepción.
No. Párr. 5 Vigente Desde: 12/09/2011
Institución responsable

Función del Estado Función Ejecutiva