Detalle de obligacion de derechos humanos
Observación General No. 34 Libertad de opinión y libertad de expresión
Reconocer que existen elementos que no pueden ser objeto de suspensión legítima con arreglo al artículo 4 del Pacto de Derechos Civiles y Políticos. La libertad de opinión es uno de esos elementos, ya que nunca será necesario suspender la vigencia de ese derecho durante un estado de excepción.
No. | Párr. 5 | Vigente Desde: | 12/09/2011 |
Institución responsable
Función del Estado | Función Ejecutiva |