Detalle de obligacion de derechos humanos

Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares

Derechos de las personas y grupos de atención prioritaria / Derechos de niñas, niños y adolescentes / Personas privadas de libertad
En el procedimiento aplicable a los menores, se tendrá en cuenta su edad y la importancia de promover su readaptación social.
No. Artículo 18 (4) Vigente Desde: 01/06/2003
Institución responsable

Función del Estado Función Ejecutiva