Detalle de obligacion de derechos humanos

Observación General No. 21 Trato humano de las personas privadas de libertad

Derechos de las personas y grupos de atención prioritaria / Derechos de las personas privadas de la libertad / Atención prioritaria
Garantizar que el sistema penitenciario no se oriente únicamente al castigo; esencialmente debe tratar de lograr la reforma y la readaptación social del preso.
No. Párr. 10 Vigente Desde: 10/04/1992
Institución responsable

Función del Estado Función Ejecutiva