Detalle de obligacion de derechos humanos
Convenio sobre diversidad biológica
Respetar, preservar y mantener los conocimientos, las innovaciones y las prácticas de las comunidades indígenas y locales que entrenen estilos tradicionales de vida pertinentes para la conservación y la utilización sostenible de la diversidad biológica.
No. | Artículo 8 (4) | Vigente Desde: | 06/03/1995 |
Institución responsable
Función del Estado | Función Judicial y de Justicia Indígena |