Detalle de obligacion de derechos humanos

Observación General No. 1 Sobre los trabajadores domésticos migratorios

Derechos del buen vivir / Derecho al trabajo / Personas en movilidad humana
Adoptar medidas eficaces para que los trabajadores domésticos migratorios puedan practicar libremente la religión o las creencias de su elección y ejerzan su libertad de expresión, individual o colectivamente, tanto en público como en privado.
No. Párr. 48 Vigente Desde: 23/02/2011
Institución responsable

Función del Estado Función Ejecutiva