Detalle de obligacion de derechos humanos

Observación General No. 1 Sobre los trabajadores domésticos migratorios

Derechos del buen vivir / Derecho al trabajo / Personas en movilidad humana
Regular las agencias que organizan la migración de trabajadores domésticos de forma oficial, sistemática y transparente, en particular: a) La concesión de licencias, llegado el caso con los correspondientes procesos de acreditación y de renovación periódica; b) La labor de vigilancia, inspección y evaluación; c) Las sanciones y multas; d) Los sistemas de registro e información, incluida la preparación de formatos basados en la Web que sean de acceso amplio y fácil para el público, con particular atención a las denuncias y los conflictos que afecten a los trabajadores.
No. Párr. 34 Vigente Desde: 23/02/2011
Institución responsable

Función del Estado Función Ejecutiva