Detalle de obligacion de derechos humanos

Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad

Derechos de las personas y grupos de atención prioritaria / Derechos de niñas, niños y adolescentes / Personas con discapacidad
Asegurar que los niños y las niñas con discapacidad tengan igual acceso con los demás niños y niñas a la participación en actividades lúdicas, recreativas, de esparcimiento y deportivas, incluidas las que se realicen dentro del sistema escolar.
No. Artículo 30 (5) (d) Vigente Desde: 03/05/2008
Institución responsable

Función del Estado Función Ejecutiva