Detalle de obligacion de derechos humanos
Declaración Universal de Derechos Humanos
Reconocer que la voluntad del pueblo es la base de la autoridad del poder público; esta voluntad se expresará mediante elecciones auténticas que habrán de celebrarse periódicamente, por sufragio universal e igual y por voto secreto u otro procedimiento equivalente que garantice la libertad del voto.
No. | Artículo 21 (3) | Vigente Desde: | 10/12/1948 |
Institución responsable
Función del Estado | Función Electoral |