Detalle de obligacion de derechos humanos

Convención sobre los derechos del niño

Derechos de las personas y grupos de atención prioritaria / Derechos de niñas, niños y adolescentes / Movilidad humana
Adoptar medidas para luchar contra los traslados ilícitos de niños al extranjero y la retención ilícita de niños en el extranjero. Promover la concertación de acuerdos bilaterales o multilaterales o la adhesión a acuerdos existentes encaminados a evitar traslados y retenciones ilícitas de niños en el extranjero.
No. Artículo 11 Vigente Desde: 02/09/1990
Institución responsable

Función del Estado Función Ejecutiva