Detalle de obligacion de derechos humanos
Constitución de la República del Ecuador
El trabajo es un derecho y un deber social, y un derecho económico, fuente de realización personal y base de la economía. El Estado garantizará a las personas trabajadoras el pleno respeto a su dignidad, una vida decorosa, remuneraciones y retribuciones justas y el desempeño de un trabajo saludable y libremente escogido o aceptado.
No. | Artículo 33 | Vigente Desde: | 20/10/2008 |
Institución responsable
Función del Estado | Todas |