Detalle de obligacion de derechos humanos
Protocolo facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía
Garantizar que en el tratamiento de la justicia penal se tenga consideración primordial al interés superior del niño.
No. | Artículo 8 (3) | Vigente Desde: | 30/06/2004 |
Institución responsable
Función del Estado | Función Judicial y de Justicia Indígena |