Detalle de obligacion de derechos humanos

Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas

Derechos de libertad / Derecho a la integridad personal / Desaparición forzada
Cuando un Estado Parte no conceda la extradición, someterá el caso a sus autoridades competentes como si el delito se hubiere cometidoen el ámbito de su jurisdicción, para efectos de investigación y, cuando corresponda, de proceso penal, de conformidad con su legislaciónnacional. La decisión que adopten dichas autoridades será comunicada al Estado que haya solicitado la extradición.
No. Artículo VI Vigente Desde: 07/07/2006
Institución responsable

Función del Estado Función Ejecutiva