Detalle de obligacion de derechos humanos
Caso Gelman vs. Uruguay
Garantizar que la persona sea registrada con el nombre elegido por ella o por sus padres, según sea el momento del registro, sin ningún tipo de restricción ni interferencia en la decisión de escoger el nombre y, una vez registrada la persona, que sea posible preservar y restablecer su nombre y su apellido.
No. | Párr. 127 | Vigente Desde: | 24/02/2011 |
Institución responsable
Función del Estado | Función Ejecutiva |