Detalle de obligacion de derechos humanos

Observación General No.19 El derecho a la seguridad social

Derechos de las personas y grupos de atención prioritaria / Derechos de las personas con discapacidad / Seguridad Social
Asegurar apoyo sufieciente a los ingresos de las personas con discapacidad que, debido a su condición hubieran perdido temporalmente o hubieran visto reducidos sus ingresos, se les hubiera denegado oportunidades de empleo o tuvieran una discapacidad permanente.
No. Párr. 20 Vigente Desde: 04/02/2008
Institución responsable

Función del Estado Otra