Detalle de obligacion de derechos humanos
C102 - Sobre la seguridad social (OIT)
Garantizar la concesión de prestaciones monetarias de enfermedad a las personas protegidas, de conformidad con los artículos 14, 15, 16, 17 y 18.
No. | Artículo 13 | Vigente Desde: | 25/10/1974 |
Institución responsable
Función del Estado | Otra |