Detalle de obligacion de derechos humanos

Informe de la Relatora Especial sobre una vivienda adecuada - Migración y el derecho a la vivienda

Derechos del buen vivir / Derecho a la vivienda / Personas en movilidad humana
En el marco de sus políticas de integración sociocultural, los Estados deben incorporar a los migrantes en los procesos de adopción de decisiones y promover su participación activa en la vida pública por medio de mecanismos adecuados de representación y participación. Los Estados deben también informar a los migrantes de sus derechos y obligaciones en el país e impulsar su ejercicio activo. La falta de información perjudica especialmente a los migrantes. Los Estados tienen la responsabilidad de atender la necesidad de facilitar a los migrantes información y asesoramiento sobre una vivienda adecuada para que no queden excluidos del acceso a la vivienda ni pierdan el hogar. Han de velar por que los migrantes dispongan de información y asesoramiento sobre los derechos y obligaciones en materia de vivienda, de ser preciso en su idioma materno. Además, los Estados han de fomentar el entendimiento mutuo entre las comunidades locales y velar por el mutuo respeto en aras de la diversidad cultural.
No. Párr. 85 Vigente Desde: 09/08/2010
Institución responsable

Función del Estado Función Ejecutiva