Detalle de obligacion de derechos humanos
Reglas de las Naciones Unidas para la protección de los menores privados de libertad
Garantizar en todo momento agua limpia y potable así como instalaciones sanitarias adecuadas y situadas de modo que el joven privado de libertad pueda atender sus necesidades físicas en privado y en forma aseada y decente
No. | Artículos 34 y 37 | Vigente Desde: | 14/12/1990 |
Institución responsable
Función del Estado | Función Ejecutiva |