Detalle de obligacion de derechos humanos

Observaciones finales Comité de los Derechos del Niño - Ecuador

Derechos de las personas y grupos de atención prioritaria / Derechos de niñas, niños y adolescentes / Atención prioritaria
Preveer en el Código Orgánico de Ordenamiento Territorial, Autonomías y Descentralización la articulación y coordinación de las distintas instituciones y órganos dedicados a los derechos del niño, asegurando así en la práctica una actuación exhaustiva y específica que vincule entre sí los niveles central y cantonal y las diferentes instituciones dedicadas a los derechos del niño, con competencias y financiación propias y específicas.
No. Párr. 14 Vigente Desde: 02/03/2010
Institución responsable

Función del Estado Función Ejecutiva