Detalle de obligacion de derechos humanos

Observación General No. 16 Derecho a la intimidad

Derechos de libertad / Derecho a la protección de la información personal / Recopilación datos
Reglamentar a través de una ley la recopilación y el registro de información personal en computadoras, banco de datos y otros dispositivos, tanto por autoridades públicas como por las particulares o entidades privadas. Velar porque la información relativa a la vida privada de una persona no caiga en manos de personas no autorizadas por ley para recibirla, elaborarla y emplearla. Verificar qué autoridades públicas o qué particulares u organismos privados controlan o pueden controlar los archivos. Garantizar a las personas el derecho a pedir rectificación o eliminación, si los archivos contienen datos personales incorrectos o se han compilado o elaborado en contravención con las disposiciones legales.
No. Párr. 10 Vigente Desde: 08/04/1988
Institución responsable

Función del Estado Función Legislativa