Detalle de obligacion de derechos humanos

Informe del Representante del Secretario General sobre los derechos humanos de los desplazados internos - Desastres naturales

Derechos de las personas y grupos de atención prioritaria / Derechos de las personas en movilidad Humana / Desplazados internos
Prevenir o mitigar los efectos de los peligros naturales, limitar los desplazamientos y mejorar la protección de la población afectada. Proteger los derechos de todas las personas que viven en su territorio o su jurisdicción, incluidos los desplazados, habida cuenta de (y no a pesar de) la soberanía del Estado. Esa responsabilidad se traduce en obligaciones concretas de derechos humanos que pueden no cumplirse debido a negligencia o indiferencia, que son ciertamente las causas usuales de la violación de los derechos humanos en relación con los desastres naturales.
No. Párr. 67 Vigente Desde: 05/03/2009
Institución responsable

Función del Estado Función Ejecutiva