Detalle de obligacion de derechos humanos

Informe del Relator Especial sobre el derecho de toda persona al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental - Reducción de la mortalidad materna y el Derecho humano a los medicamentos

Derechos del buen vivir / Derecho a la salud / Acceso a medicamentos
Los medicamentos han de ser accesibles. La accesibilidad tiene cuatro dimensiones: 1. Accesibles en todo el país (por ejemplo tanto en las zonas rurales remotas como en las zonas urbanas). Ello tiene importantes repercusiones en relación con la planificación de sistemas de suministro de medicamentos, incluidos los programas de divulgación. 2. Económicamente accesibles (es decir asequibles) para todos, incluidas las personas que viven en la pobreza. Ello tiene importantes repercusiones para la financiación de los medicamentos y los acuerdos de fijación de precios. También puede significar que un Estado ha de revisar importantes gravámenes y otros impuestos sobre los medicamentos para conseguir que éstos estén al alcance de los pobres. 3. Accesibles sin discriminación en los casos en que ésta resulta prohibida, como la discriminación por sexo, raza, origen étnico y origen socioeconómico. Tal como se explica en la sección siguiente, el principio de la no discriminación puede exigir que un Estado adopte medidas para garantizar la igualdad de acceso de todas las personas y grupos, como las minorías desfavorecidas. 4. La información fidedigna sobre los medicamentos debe ser accesible a los pacientes y a los profesionales de la salud con objeto de que éstos puedan adoptar decisiones con conocimiento de causa y utilizar sin riesgo los medicamentos.
No. Párr. 49 Vigente Desde: 13/09/2006
Institución responsable

Función del Estado Función Ejecutiva