Detalle de obligacion de derechos humanos
Observación General No. 12 El derecho del niño a ser escuchado
Las audiencias judiciales y de otro tipo de un niño en conflicto con la ley deben realizarse a puerta cerrada. Las excepciones a esta norma deben ser muy limitadas y estar claramente estipuladas en la legislación nacional y guiadas por el interés superior del niño.
No. | Párr. 61 | Vigente Desde: | 20/07/2009 |
Institución responsable
Función del Estado | Función Ejecutiva |