Detalle de obligacion de derechos humanos
Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas
La acción penal derivada de la desaparición forzada depersonas y la pena que se imponga judicialmente al responsable de la misma no estarán sujetas a prescripción.
Sin embargo, cuando existiera una norma de carácter fundamental que impidiera la aplicación de lo estipulado en el párrafo anterior, el período de prescripción deberá ser igual al del delito más grave en la legislación interna del respectivo Estado Parte.
No. | Artículo VII | Vigente Desde: | 07/07/2006 |
Institución responsable
Función del Estado | Función Legislativa |