Detalle de obligacion de derechos humanos

Informe del Relator Especial sobre el derecho a la educación - El derecho a la educación de las personas privadas de libertad

Derechos del buen vivir / Derecho a la educación / Personas privadas de la libertad
El Relator Especial formula las siguientes recomendaciones a los Estados: a) La educación de los reclusos debe estar garantizada y consagrada en la Constitución y demás instrumentos legislativos; b) La educación de los reclusos debería estar dotada de fondos públicos suficientes; c) Debería garantizarse el respeto de las normas establecidas en el derecho y las directrices internacionales en materia de educación de reclusos.
No. Párr. 90 Vigente Desde: 02/04/2009
Institución responsable

Función del Estado Función Ejecutiva