Derechos del buen vivir
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Derecho a la educación
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Personas privadas de la libertad
El Relator Especial formula las siguientes recomendaciones a los Estados:
a) La educación de los reclusos debe estar garantizada y consagrada en la Constitución y demás instrumentos legislativos;
b) La educación de los reclusos debería estar dotada de fondos públicos suficientes;
c) Debería garantizarse el respeto de las normas establecidas en el derecho y las directrices internacionales en materia de educación de reclusos.