Detalle de obligacion de derechos humanos
Observación General No. 16 Derecho a la intimidad
Asegurar que los registros en el domicilio de una persona se limiten a la búsqueda de pruebas necesarias. No debe permitirse que constituyan un hostigamiento.
No. | Párr. 8 | Vigente Desde: | 08/04/1988 |
Institución responsable
Función del Estado | Función Ejecutiva |